martes, 16 de octubre de 2007

CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR


LA CONSTITUCIÓN

El interés permanente del hombre por rodear a su vida de toda clase de seguridades ha hecho que se vaya creando una esfera llamada LEY en la que se desarrolla la existencia del Estado en si, reflejados en Estatutos.

Es por ello que para entender la evolución que ha sufrido la Constitución a lo largo de los años, es necesario saber primeramente su concepto, clasificación, procedimientos que se usa para realizarla y las partes fundamentales de la misma.

CONCEPTO: “la Constitución Política es la norma jurídica fundamental del Estado, es decir, la “LEY SUPREMA”* que sirve para reglar su organización y establecer las relaciones del Poder Público con las Funciones y Órganos del mismo y las de las personas y la sociedad con el Estado.”
[1]

CLASIFICACIÓN: para clasificar a las Constituciones se toma en cuenta la realidad de su existencia y los principios políticos en las que se realizan; así tenemos:

CONSTITUCIONES ESCRITAS O NO:

Las escritas son las que fijan en los Estatutos los principios esenciales que regulan la organización jurídica y política del Estado; mientras que las no escritas son aquellas que no se encuentran formando el cuerpo de una unidad en una Carta Fundamental determinada, sino que sus principios se fijan por tradición, costumbres, usos, etc.

CONSTITUCIONES FLEXIBLES O RÍGIDAS:

Este tipo de constituciones se encuentran determinadas por la manera en cómo una Carta Fundamental puede ser modificada o cambiada en el texto de sus propias disposiciones; es así que las flexibles son fáciles de cambiar por la Función Legislativa cuando lo crea conveniente, mientras que las rígidas exigen un procedimiento específico, es decir, la reunión de un cuerpo deliberativo llamado Asamblea Constituyente (como planteó en la actualidad el Presidente Correa) o el señalamiento de un proceso específico fijado en la misma Constitución.

CONSTITUCIONES REALES:

Son las que se redactan después de haber hecho un estudio minucioso y profundo para el conocimiento de la realidad histórica, sociológica, económica y política de una Nación.

CONSTITUCIONES TEÓRICAS:

Son las que se plantean y realizan sin bases reales, es decir, que las elaboran bajo el intelecto de un partido político y sin conocimiento del contexto socio cultural de su Nación lo que hace que posteriormente perjudique los intereses de instituciones particulares y del pueblo en si.



PROCEDIMIENTOS PARA HACER UNA CONSTITUCIÓN:

CREACIÓN DELIBERADA: es la formación de un nuevo Estado que al constituirse como tal requiere fijar en una norma jurídica fundamental la estructura de su organización. Eje. Ecuador como Estado (11-09-1830)

EVOLUCIÓN: se trata de identificar las características predominantes de un pueblo con su respectivo desenvolvimiento político que permitirá elaborar la norma jurídica fundamental.

REVOLUCIÓN: es una medida extrema para reclamar a la norma jurídica de organización del Estado y a la forma como sus representantes atentan contra los dictados generales de la conciencia pública (es lo que se pretende en la actualidad con el Gobierno de Correa)

PARTES ESENCIALES DE UNA CONSTITUCIÓN:

Los tratadistas del Derecho Constitucional dividen en dos partes a la Constitución:

DOGMÁTICA O MATERIAL: que es la que declara los derechos y deberes del ciudadano con el Estado y del Estado con la sociedad.

DOGMÁTICA O FORMAL: que fija la organización del Estado en si mismo, distribuye sus funciones, señala la organización de estas, precisa la manera de resolver sus conflictos y establece la forma de realizar el Derecho como fin del Estado.

CONSTITUCIONES POLÍTICAS DEL ECUADOR

Dentro de los entendidos en derecho y política, hay una breve discusión de cual es el punto de partida para tomar la Primera Constitución escrita en el país; pues se sabe que en 1812 se escribió una denominada CONSTITUCIÓN QUITEÑA.

Pero para este estudio tomaremos en cuenta como Primera la Constitución de 1830 cuando el Ecuador tiene su primer presidente y considerando principalmente la ciudadanía y relaciones con el Derecho a la Comunicación.

PRIMERA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DEL ECUADOR:

La Primera Constitución del Ecuador fue redactada y aprobada en Riobamba el 11 de septiembre de 1830 y promulgada el 23 del mismo mes y año, cuyo Presidente de la Asamblea Constituyente fue el Dr. José Fernández Salvador y siendo el Presidente de la República que ordenó su promulgación y ejecución el Gral. Juan José Flores.

El documento que sirvió como base fue la Carta de Cúcuta (Constitución de la Gran Colombia hecha en 1821), cuyo contenido fue modificado de acuerdo a las exigencias de la nueva República.

Esta Constitución fue conservadora y reaccionaria y se efectuó al gusto del Gral. Juan José Flores que buscaba sus intereses y el triunfo de sus amigos y partidarios.

Los puntos más importantes de esta Constitución para ser ciudadanos y con respecto a la comunicación fueron:

“Ecuador se separa de la Gran Colombia pero en confederación esta ligada a todos los Estados de Colombia
“Para ser ciudadano ecuatoriano debería ser casado o mayor de 22 años, tener una propiedad, valor libre de 300 pesos o ejercer alguna profesión o industria útil, sin sujeción a otra persona.”
[2]
“Todo ciudadano puede reclamar respetuosamente sus derechos ante la autoridad pública, representar al Congreso y al Gobierno cuando considere conveniente al bien general; pero ningún individuo o asociación particular podrá abrogarse el nombre del pueblo, ni hacer peticiones en su nombre…”[3]
“Todo ciudadano puede expresar y publicar libremente sus pensamientos por medio de la prensa, respetando la decencia y moral públicas y sujetándose siempre a la responsabilidad de la ley.”[4]

Cabe resaltar que en esta Constitución la religión es primordial para que se cumpla y para hacer cumplir todo lo planteado en ella.

SEGUNDA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DEL ECUADOR:

La Segunda Constitución del Ecuador fue redactada 5 años más tarde de la primera, aprobada en Ambato el 22 de junio y expuesta el 13 de agosto de 1835, cuyo Presidente de la Asamblea Constituyente fue José Joaquín de Olmedo y siendo el Presidente de la República que ordenó su promulgación y ejecución el Dr. Vicente Rocafuerte.

Esta Constitución entre otras cosas contempló los siguientes asuntos novedosos:

“Eliminó el carácter federativo con Colombia y declaró al Ecuador como Estado Soberano e Independiente”
[5]

En cuanto a las Garantías Básicas para los ciudadanos se mantienen las anteriores pero se agregan:

“El autor o inventor tendrá la propiedad exclusiva de su descubrimiento o producción, por el tiempo que le concediere la ley y si esta exige su publicación se dará al inventor la indemnización correspondiente”
[6]
“Todos los extranjeros serán admitidos en el Ecuador…”
[1] MORA, Alfonso. La Educación Cívica. Editorial Olmedo. Quito-Ecuador. 1982. Pág. 332
*ZAVALA, Simón. Escritor y jurista. Magistrado del Tribunal Constitucional del Ecuador
[2] GARCIA, Luis y Juan. Resumen de Geografía, Historia y Cívica. Editorial Andina. Tercera edición. Quito-Ecuador. Pág. 140
[3] ARIAS, Gonzalo. Constitución Política de la República del Ecuador. Editorial GAB. Quito-Ecuador. 2003. Pág. 57
[4] ARIAS, Gonzalo. Constitución Política de la República del Ecuador. Editorial GAB. Quito-Ecuador. 2003. Pág. 57
[5] GARCIA, Luis y Juan. Resumen de Geografía, Historia y Cívica. Editorial Andina. Tercera edición. Quito-Ecuador. Pág. 149
[6] ARIAS, Gonzalo. Constitución Política de la República del Ecuador. Editorial GAB. Quito-Ecuador. 2003. Pág. 58

1 comentario:

zahwacadotte dijo...

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